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¿Es Centroamérica un
paraíso
fiscal?
Los
paraísos
fiscales son territorios o países que presentan algunas
características peculiares,
entre ellas: a) Una baja o nula fiscalidad directa que puede
manifestarse de diversas
maneras: en algunos casos los sistemas tributarios no cobran impuestos
sobre ciertos
ingresos u ofrecen exenciones, en otros se establecen normas en base al
principio de territorialidad por lo que todos los ingresos generados
afuera de
sus fronteras no pagan impuestos y, por último, se establecen
ventajas fiscales
(tasas más bajas o nulas de imposición) a ciertas
actividades productivas. b)
Legislación mercantil y financiera flexible que carece de
controles y da poca
rigidez en el ordenamiento jurídico. c)
Amplia
protección del secreto bancario lo que disminuye la capacidad de
solicitar
información que pueda mejorar la fiscalización
internacional. d) Ausencia de
controles de cambio, lo que implica que quienes no residen en el
paraíso fiscal
pueden hacer cualquier transacción en moneda extranjera sin
pasar por ningún
control o restricción.
La
Organización
para la
Cooperación y el
Desarrollo Económico –OCDE- señala que para identificar
un paraíso fiscal tiene
que coexistir junto con la baja o nula tributación alguna de las
otras
circunstancias. Al trasladar las características antes
mencionadas al contexto
centroamericano, se puede percibir que la región guarda mucha
relación con los
elementos de un paraíso fiscal pues prácticamente la
totalidad de ellos aplican
el principio de gravar únicamente la renta de fuente nacional o
“territorial” y
aún se mantienen sistemas que discriminan la tasa del impuesto,
dependiendo del
origen del ingreso (intereses, dividendos, alquileres, salarios,
ganancias de
capital).
Por otro
lado, en todos los países existe un amplio listado de
actividades sujetas a
regímenes tributarios especiales que eximen del pago de
impuestos,
principalmente a sectores económicos dinámicos, entre
ellos las exportaciones no tradicionales y
el turismo.
Asimismo, la legislación centroamericana no permite el acceso
directo de la
administración tributaria a la información bancaria, lo
que limita la capacidad
fiscalizadora de estos entes y, por ende, la posibilidad de
intercambiar
información oportuna con otras administraciones tributarias. Finalmente, ningún país cuenta
con un mecanismo de control sobre las
operaciones
de entrada y salida de divisas, con fines de auditoría fiscal.
La existencia
de privilegios, propia de los paraísos fiscales, no solamente
vulnera la
justicia tributaria sino que, al disminuir los ingresos del Estado,
resulta
nociva para financiar el cumplimiento de los compromisos que han
asumido los
gobiernos en materia social, económica y política. La
sociedad centroamericana
deberá replantear su política fiscal y comprender que los
impuestos son un
medio para destinar una parte de la riqueza surgida de la actividad
económica
al sostenimiento de los Estados y, eficientemente empleados,
constituyen una
condición para el desarrollo social, pues ayudan a distribuir
los beneficios de
la actividad humana.
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