

Los derechos y la política fiscal
Esta semana pasé unas largas horas en un hospital del seguro social. Sin buscar describir la sensación de lo que significa que un ser querido esté en un quirófano, estas horas me sirvieron para reafirmar lo que implica el derecho a la seguridad social y a la salud. Se imaginan ustedes lo que sentirían que les dijeran que no pueden atender a tu padre, madre, hermano o amigo por no tener dinero suficiente para pagar un hospital. Es evidente, que la garantía de los derechos humanos no puede depender de si se tiene dinero o no. Una sociedad que aspira al desarrollo no puede dejar a la mano invisible el cumplimiento de los derechos.
Por supuesto que también pude ver las deficiencias de la Administración Pública, pero el camino no está en debilitarla sino en fortalecerla. Mientras el reloj no se detenía no pude dejar de recordar la reciente sentencia de la Sala de lo Constitucional al declarar inconstitucional el presupuesto público. Pues, en la parte de justificación hacen una relación sumamente interesante sobre como el presupuesto permite el cumplimiento de los derechos.
Incluso establecen seis condiciones sobre la asignación y ejecución del presupuesto: (i) los recursos presupuestarios deben asignarse de tal manera que aseguren la satisfacción de por lo menos los niveles esenciales de cada uno de los derechos; (ii) máximo uso de recursos disponibles; (iii) realización de los derechos hasta el máximo de recursos de que se disponga; (iv) igualdad; (v) transversalidad e integralidad (vi) transparencia y rendición de cuentas, y (vii) participación ciudadana. Seis puntos que de cumplirse ayudarían a contar con un Estado garante de derechos.
Sin embargo, lamento que al momento de resolver hayan hecho un análisis fiscal tan superficial, especialmente con respecto a los empleos públicos, y que, al jugar a ser Ministros de Hacienda, institucionalizaran un enfoque constitucional de austeridad y tiraran a la borda la posibilidad de contar con una política fiscal que garantice derechos. ¿Por qué? Porque intencionalmente o no dan la razón a quienes dicen que los únicos problemas en las finanzas públicas están por el lado del gasto – que, por supuesto existen, tales como ineficiencia, inefectividad, corrupción, etc –; pero también urge reconocer que los actuales niveles de ingresos públicos son insuficientes para garantizar derechos.
Por ello era clave, ver el tema fiscal de forma integral, especialmente cuando lo que se está haciendo no es una columna de opinión sino una sentencia estructural. Y en cuya parte resolutiva se omite hablar de la parte de los ingresos públicos, contrario a lo manifestado en junio de 2014, por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas al examinar los informes de El Salvador sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, decía que «…le preocupa que la recaudación de impuestos en el Estado parte es aún baja, lo que repercute negativamente en los ingresos nacionales y puede limitar los recursos destinados a los derechos económicos, sociales y culturales (art. 2)».
O que, en junio de 2017, este mismo comité, publicó su Comentario General 24, la más reciente interpretación autorizada de los derechos humanos, el cual plantea que: «La reducción de los tipos impositivos aplicables a las corporaciones con el único propósito de atraer inversiones estimula una carrera hacia abajo que ultimadamente mina la habilidad de los Estados para movilizar recursos domésticos para el cumplimiento de los derechos del Pacto. Por lo tanto, esta práctica es inconsistente con los deberes de los Estados Parte del Convenio…».
Así como el despilfarro mina garantizar los derechos, también lo hacen la corrupción, los privilegios fiscales injustificados y las bajas –y regresivas– cargas tributarias. Quizá ahora estemos más lejos de alcanzar un acuerdo fiscal integral, pero no podemos darnos por vencido, para que, así como mi madre – sí, mi mamá fue quien estuvo en el quirófano – todas las personas tengan la certeza que hay un Estado que les garantiza sus derechos.
Esta columna fue publicada originalmente el 17 de agosto el en diario El Mundo de El Salvador