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Comunicados

El Icefi recomienda al Congreso de la República sustentar la aprobación de legislación de interés fiscal con análisis riguroso y discusión técnica

     

El Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) formula esta recomendación ante la proliferación de iniciativas de ley y la aprobación en el Congreso de la República de decretos con impacto en la política fiscal, en el sentido que incluyen disposiciones legales cuya aplicación tiene impactos negativos en el sistema tributario, en la transparencia y en la calidad, eficiencia y efectividad del gasto público.

El Icefi recomienda al Congreso de la República adoptar como premisa obligada para toda iniciativa de ley que genere un impacto fiscal solicitar dictámenes y opiniones técnicas a los entes rectores de la materia, a las entidades que por mandato legal tengan facultades o responsabilidades en la aplicación de las normas propuestas. Una vez recibidos estos dictámenes y opiniones técnicas, las comisiones de trabajo que las conozcan, y muy especialmente la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda, debe facilitar el espacio y dedicar el tiempo necesario para su análisis y discusión técnica. Idealmente, estos espacios de discusión deben ser abiertos e inclusivos, permitiendo la participación de entidades especializadas con autoridad técnica y académica en la materia. Cuando estas comisiones de trabajo decidan emitir un dictamen favorable con modificaciones, se recomienda que estas propuestas de cambios también sean sometidas al examen y análisis de los entes rectores y especializados en la materia. En particular, se insta al Congreso de la República a no aprobar legislación que afecte la política fiscal siguiendo únicamente motivaciones de carácter político o populista.

Esta recomendación al Congreso de la República aplica al caso de la iniciativa de ley número de registro 6709, dictaminada de manera favorable por la Comisión de Previsión y Seguridad Social, que propone suprimir el esquema progresivo actual con tasas del 2, 6 y 9 por millar del Impuesto Único Sobre Inmuebles, dejando una sola tasa del 3 por millar. Además, propone conceder exención a la primera vivienda, cuando la compra esté siendo financiada con un crédito hipotecario aún no amortizado, a propietarios de inmuebles mayores de 60 años y a quienes hayan pagado el impuesto por 20 años. A criterio del Icefi estas propuestas deben ser analizadas cuidadosamente siguiendo el examen cuantitativo de los impactos que tendría su aprobación, criterios técnicos y principios tributarios de justicia y equidad, yendo más allá de la tensión entre los diputados ponentes, quienes gozan del obvio respaldo de las personas que resultarían beneficiadas, y grupos de alcaldes municipales que alegan que la medida provocará una pérdida cuantiosa en los ingresos de las municipalidades.

El Icefi expresa preocupación porque el Congreso de la República ha aprobado recientemente decretos que modifican la legislación tributaria, sin el debido análisis técnico, pero con claros réditos políticos. En febrero de 2026 aprobó el Decreto número 6-2026, que derogó el Impuesto sobre Herencias, Legados y Donaciones, Decreto 431, argumentando obsolescencia, doble tributación e ineficiencia, por bajo rendimiento recaudatorio versus sus costos administrativos. Sin embargo, no se realizó una evaluación integral sobre la naturaleza del impuesto como gravamen a las ganancias de capital vía cambios patrimoniales y su razón de ser en términos de los principios de la justicia tributaria. No se exploraron formas de modernizarlo, mejorando su base imponible y otros elementos de su estructura técnica.

El 28 de abril, el Congreso aprobó mediante el Decreto número 13-2026 una modificación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Libro I de la Ley de Actualización Tributaria, Decreto número 10-2012, con el propósito de que los trabajadores en relación de dependencia que devengan el salario mínimo no estén obligados al pago del impuesto. Sin embargo, a criterio del Icefi, aunque su intención puede ser saludable, no se analizaron con el debido rigor técnico todas las implicaciones legales y prácticas, especialmente la relación entre la disposición aprobada y la deducción única o mínimo vital, establecido en el artículo 72 de la referida ley, en el que se determina la base imponible para el régimen aplicable a la renta del trabajo en relación de dependencia. Como agravante, el Congreso aprobó esta modificación, pese a que la Superintendencia de Administración Tributaria emitió opiniones desfavorables para las iniciativas de ley números de registro 6705 y 6707, que dieron origen al Decreto 13-2026.

Consideraciones y advertencias similares aplican a propuestas presentadas con el propósito de suprimir o suspender temporalmente los impuestos de solidaridad, al valor agregado o a la distribución de petróleo crudo y combustibles derivados del petróleo. Muchas de estas propuestas carecen de sustento técnico y su efectividad es muy cuestionable, como la de suprimir o suspender el impuesto a la distribución de diésel con el propósito de reducir el precio de ese combustible, sin tomar en cuenta que el beneficio hubiese sido demasiado pequeño, tan solo Q1.30 por galón, cuando el precio en bomba rondaba los Q45 por galón. En contraste, la medida hubiese provocado el desfinanciamiento de la unidad de Conservación Vial del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, generando una ineficiencia enorme con costos altos y un beneficio minúsculo.

Por el lado del gasto, el Icefi también advierte que se han presentado propuestas fiscalmente dañinas. La iniciativa de ley número de registro 6416 propone modificar la Ley Temporal de Desarrollo Integral, extendiendo la indemnización a los veteranos militares del Conflicto Armado en 24 meses adicionales, lo que llevaría el beneficio total de 3 a 5 años (que iniciaron en 2023), consistente en pagos mensuales de Q1,000. También se pretende incorporar a viudas de veteranos, excombatientes que residen en el extranjero y personas en prisión preventiva. Su aprobación provocaría un incremento del gasto público, sin especificar fuente de financiamiento, generando problemas financieros e incentivaría a otros grupos militares y paramilitares a emprender acciones de hecho para obtener el beneficio. Actualmente el programa lo ejecuta el Ministerio de Desarrollo Social, financiado con deuda pública bonificada y saldos de caja.

El Icefi exhorta a las autoridades del Ejecutivo, a los centros de pensamiento e investigación, y a las organizaciones independientes de la sociedad civil a pronunciarse ante la aprobación en el Congreso de la República de legislación de interés fiscal, sin el debido respaldo técnico. Insta a las y los diputados a que ejerzan su facultad constitucional de legislar con prudencia y responsabilidad, tomando decisiones con apego al mejor interés del Estado, alejados de las motivaciones populistas o de la manipulación de la política fiscal con fines político partidarios.

Guatemala, Centroamérica, 30 de abril de 2026.